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Abierta una investigación por unas edificaciones no autorizables en suelo rústico en Cuéllar

Vista de Cuéllar.

La Guardia Civil de Segovia investiga a cuatro personas autoras de un presunto delito contra la ordenación del territorio en la localidad de Cuéllar. Las investigaciones fueron motivadas por la realización de diversas edificaciones no autorizables en suelo rústico.

El Seprona localizó el pasado mes de abril unas obras en las se estaban ejecutando diferentes construcciones en suelo rústico no urbanizable cuyos usos no estarían contemplados por la normativa urbanística para esta clase de terrenos.

Por dicho motivo, se inició una investigación y las correspondientes inspecciones urbanísticas, comprobando las características de las edificaciones levantadas, que consistían en una nave 15 veces mayor a la permitida en la licencia y un merendero con piscina, carentes de autorización, por lo que eran completamente ilegales.  

Según los informes municipales  las construcciones efectuadas no se correspondían con las solicitadas en el proyecto, la parcela no contaba con la superficie mínima exigida en las normas municipales, ni con los retranqueos establecidos y el uso pretendido no estaba permitido para esa finca.  Y por tanto, las construcciones no eran autorizables.

A la vista de estos resultados, se procedió a la investigación del promotor de las obras, de los constructores y de un director técnico de los trabajos citados, a los que se les atribuye la comisión de un supuesto delito sobre la ordenación del territorio y el urbanismo.  Asimismo, se acusa al dueño de las edificaciones de un delito de desobediencia, al haber hecho caso omiso a la orden de paralización de las obras dictada en un decreto de la Alcaldía de diciembre de 2019.

Desde la Guardia Civil se insiste en que hay diferentes usos urbanísticos que están prohibidos por la legislación vigente para el suelo rústico. Especialmente restringidas están las edificaciones con un uso residencial, las cuales solamente podrán ser autorizadas tras la tramitación del oportuno expediente administrativo y prácticamente solo cuando amparen viviendas vinculadas a explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales.

Para estas conductas el Código Penal prevé penas de hasta 4 años de prisión, multa de 12 a 24 meses, que incluso pueden llegar al triple del beneficio obtenido, así como inhabilitación especial para profesión u oficio de 1 a 4 años, señalando como responsables a los promotores, constructores o técnicos directores de las obras ilegales. Accesoriamente, los jueces y tribunales pueden ordenar la demolición de la obra a cargo del autor del hecho. 

Autor: Redacción Cuéllar

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