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Lo que se puede hacer desde el 9 de mayo

Terraza cuellarana.

A  partir de las 00.00 horas de este domingo decae el estado de alarma y la  nueva regulación aprobada por la Junta fija las medidas que se establecen a partir del 9 de mayo.  Lo que se puede hacer en esta nueva regulación es lo siguiente:

Establecimientos y locales comerciales minoristas y de
actividades de servicios profesionales Aforo: máximo 1/3 personas
Horario: no se establecen horarios específicos , por lo que será de aplicación el horario ordinario o habitual.

Mercados que desarrollan su actividad en la vía pública. Aforo: Máximo del 50%, considerando un aforo máximo estimado de 1 persona por cada cuatro metros cuadrados  de superficie del recinto excluida la ocupada por los puestos de venta.

Actividad física y deportiva no oficial. Aforo: máximo 1/3, y hasta un máximo de 6 personas de forma simultánea. Puede realizarse de forma individual o colectiva, tanto al aire libre como en instalaciones cerradas y respetando distancia de seguridad.

Consumo en el interior de establecimientos de hostelería y restauración: No se puede efectuar el consumo de pie o en barra. Ocupación máxima de mesa o agrupaciones de mesas: 6 personas.

Consumo en terrazas de establecimientos de hostelería y restauración. Aforo máximo 75% de las mesas permitidas. Horario: no se pueden admitir nuevos clientes más allá de las 23:00 horas y el cierre debe producirse a las 24:00 horas. Ocupación máxima de mesa o agrupaciones de mesas: 6 personas.00 horas. 1,5 metros de distancia entre mesas.

Parques y zonas deportivas de uso público al aire libre: Aforo máximo estimado de una persona por cada cuatro metros cuadrados de espacio computable de superficie del recinto.

Actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas: Aforo de 1/3 y distancia de 1,5 metros entre grupos de convivencia.

Bibliotecas, museos y salas de exposiciones: Aforo: 1/3 máximo en
cada sala.

Alojamientos turísticos no hoteleros: casas rurales y viviendas de
uso turístico: Si se trata de un único grupo de convivencia: el aforo autorizado en materia de turismo. Si se trata de 2 grupos de convivencia: máximo 8 personas.

Albergues turísticos y juveniles. No podrán pernoctar en la misma estancia personas de diferentes grupos de convivencia.

Residencias de mayores: Según la Guía de actuaciones en las residencias y centros de día públicos y privados de personas mayores y de personas con discapacidad de Castilla y León.

Autor: Redacción Cuéllar

Muévelo

3 Comentarios

  1. ¿Cuantas de esas medidas se basan en estudios y criterios científicos?.Si analizamos las medidas una por una,no hay por donde cogerlas.¿Sentado no contagias y de pié sí?.A las 10:55 no contagias y a las 11 sí?.Habrá que obedecer pero nos tratan como a borregos.

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    • No se trata de contagiar a una hora u otra, sino de q a las 12 se pueda cerrar el establecimiento. Y dan una hora como plazo máximo para que la gente acabe sus consumiciones y se vayan a casa.
      En cuanto a la distancia de seguridad pues han tenido un año para poder «comprobar» cuál puede ser la adecuada. Aunque nada es seguro al 100%. Y menos con un virus nuevo y casi desconocido.
      En cuanto a si de pie o sentado, estoy contigo en que no se entiende.
      En mi opinión esto ha venido para quedarse y probablemente en 2 años hagamos las cosas de distinta manera porque sabremos más cómo gestionarlo.

      Responder
    • En cuanto a sentado o de pie, estando sentado se supone que guardas la distancia y no te mueves tanto como estando de pie, yo lo creo así.

      Responder

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