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Los resineros tributarán en el régimen agrario a partir del 1 de Enero

Pinos en resinación en los  pinares de la Comunidad de villa y tierra de Cuéllar.

Pinos en resinación en los pinares de la Comunidad de villa y tierra de Cuéllar.

Finalmente, el Boletín Oficial del Estado, publicado el 27 de Noviembre, ha recogido las modificaciones normativas, que clarifican el régimen de la extracción de resina, y que van a permitir que esta actividad tribute a partir del 1 de enero de 2015 en el Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que era una de las grandes demandas de este sector.

Estos  cambios van a  suponer una simplificación notable para el tratamiento fiscal de los resineros, ya que a partir de esta fecha no tendrán que realizar declaraciones del I.V.A., percibiendo una compensación a tanto alzado por las cuotas  que hayan soportado en su actividad productiva. Esta compensación, en el caso de las entregas de productos naturales obtenidos en explotaciones forestales, será la resultante de aplicar un porcentaje del 12%, al precio de venta de los mismos.

Esta reforma fiscal va a suponer también un cambio sustancial para los resineros en el  Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que a partir de 2015, los resineros podrán tributar en el régimen de estimación objetiva de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

Este régimen es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos, y La Orden, de 27 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2015 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, establece los índices de rendimiento neto (módulos) que serán aplicables, que en el caso de la actividad de extracción de resina, se fija un módulo de 0,32, que es el que deberán utilizar los contribuyentes dedicados a esta actividad forestal.

Esta reforma, que va a entrar en vigor a partir del 1 de Enero, ha sido la principal reivindicación del sector, y la Mesa de la Resina ha informado a todos los resineros que es necesario, que aquellos que quieran acogerse a este nuevo régimen fiscal, han de solicitarlo a Hacienda antes del 31 de Diciembre, con el objetivo de poder iniciar el próximo año fiscal incluidos en este nuevo régimen fiscal.

Autor: Redacción Cuéllar

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