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El Gobierno recurre el acuerdo de la Junta que limita la movilidad desde las 20:00 horas

Calle Parras en Cuéllar.

El Gobierno recurre el Acuerdo de la Junta de Castilla y León que limita la movilidad en la Comunidad desde las 20:00 horas.

En este sentido va a interponer un  recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo contra el ACUERDO 2/2021, de 15 de enero, del presidente de la Junta de Castilla y León, de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León desde las 20 horas del día 16 de enero.

El Gobierno considera que al declarar el Estado de alarma, determinó expresamente en su artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, el comprendido entre las 23:00 y las 6:00, posibilitando tan solo que las autoridades competentes
delegadas pudieran determinar en su ámbito territorial “que la hora de comienzo de la limitación prevista [.…] sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de la limitación sea entre las 5:00 y las 7:00 horas” .

Por ello «al fijar como hora de comienzo de la limitación las 20:00 horas, el acuerdo infringe nítidamente la regulación mencionada, sin que tal infracción pueda negarse acogiéndose a las facultades de “modulación” que tanto el artículo 10 del Real Decreto 926/2000 como la disposición transitoria única del Real Decreto 956/2000 otorgan a las autoridades competentes delegadas, toda vez que dicha modulación comporta la posibilidad de suspender, flexibilizar o relajar las limitaciones, pero no – como es el caso – de intensificarlas o agravarlas».

Se trata, en consecuencia, para el Gobierno central «de una restricción de un derecho fundamental que no está amparada por el instrumento jurídico del Estado de alarma definido en el Real Decreto 926/2000».

Autor: Redacción Cuéllar

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